Amonestarán a quien no separe basura
Las multas comenzarán a partir de febrero
Por Claudia Bolaños / El Universal
Ciudad de México
Viernes 02 de enero, 2009
Hoy entra en vigor el Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, pero varias sanciones económicas no podrán aplicarse por no haber aún algunos programas.
La nueva norma establece multas a quien no separe la basura orgánica de la inorgánica; por ahora serán sanciones verbales.
La Consejería Jurídica y de Asuntos Legales del DF informó que la Secretaría de Obras será una de las que apliquen los castigos, pero falta que se expida el Programa para la Prestación del Servicio Público de Limpia.
La Secretaría de Medio Ambiente (SAM) también sancionará, igual que las delegaciones, pero éstas requieren definir si optan por elaborar y ajustarse al antiguo Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos, aún vigente.
O bien, pueden adoptar el programa que elaborará la SMA.
Así, podrán aplicar sanciones, como las multas que serán de 10 a 150 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
Además, las delegaciones realizarán una campaña de difusión y concientización a la ciudadanía por lo menos 30 días antes de la publicación del programa delegacional de limpia, para lo cual cuentan con 150 días hábiles.
El reglamento que entra en vigor dice que "la administración pública centralizada y (las delegaciones) deberán realizar una campaña de difusión y concientización sobre los procedimientos de separación, recolección, limpia, reciclaje y manejo sustentable de los residuos sólidos, por lo menos 30 días antes de la publicación de estos programas".
Hasta en tanto no se publiquen los Programas de Gestión Integral de los Residuos Sólidos y de Prestación del Servicio Público de Limpia, las Secretarías del Medio Ambiente y de Obas y Servicios instrumentarán las acciones previstas en la Ley y el Reglamento, con base en la infraestructura y los programas gubernamentales existentes, indicó la Consejería Jurídica.
La ley señala que la reincidencia en la pepena de residuos sólidos, de contenedores de basura instalados dentro de los sitios de disposición final, será sancionada económicamente.
Dicha normatividad también contempla varias multas que van de los 10 a los 20 mil días de salario mínimo, además de amonestaciones verbales por no separar la basura, tirarla en la vía pública, y sobre todo si se trata de cascajo o animales muertos u otra matarie que despida olores fétidos.
Las multas comenzarán a partir de febrero
Por Claudia Bolaños / El Universal
Ciudad de México
Viernes 02 de enero, 2009
Hoy entra en vigor el Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, pero varias sanciones económicas no podrán aplicarse por no haber aún algunos programas.
La nueva norma establece multas a quien no separe la basura orgánica de la inorgánica; por ahora serán sanciones verbales.
La Consejería Jurídica y de Asuntos Legales del DF informó que la Secretaría de Obras será una de las que apliquen los castigos, pero falta que se expida el Programa para la Prestación del Servicio Público de Limpia.
La Secretaría de Medio Ambiente (SAM) también sancionará, igual que las delegaciones, pero éstas requieren definir si optan por elaborar y ajustarse al antiguo Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos, aún vigente.
O bien, pueden adoptar el programa que elaborará la SMA.
Así, podrán aplicar sanciones, como las multas que serán de 10 a 150 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
Además, las delegaciones realizarán una campaña de difusión y concientización a la ciudadanía por lo menos 30 días antes de la publicación del programa delegacional de limpia, para lo cual cuentan con 150 días hábiles.
El reglamento que entra en vigor dice que "la administración pública centralizada y (las delegaciones) deberán realizar una campaña de difusión y concientización sobre los procedimientos de separación, recolección, limpia, reciclaje y manejo sustentable de los residuos sólidos, por lo menos 30 días antes de la publicación de estos programas".
Hasta en tanto no se publiquen los Programas de Gestión Integral de los Residuos Sólidos y de Prestación del Servicio Público de Limpia, las Secretarías del Medio Ambiente y de Obas y Servicios instrumentarán las acciones previstas en la Ley y el Reglamento, con base en la infraestructura y los programas gubernamentales existentes, indicó la Consejería Jurídica.
La ley señala que la reincidencia en la pepena de residuos sólidos, de contenedores de basura instalados dentro de los sitios de disposición final, será sancionada económicamente.
Dicha normatividad también contempla varias multas que van de los 10 a los 20 mil días de salario mínimo, además de amonestaciones verbales por no separar la basura, tirarla en la vía pública, y sobre todo si se trata de cascajo o animales muertos u otra matarie que despida olores fétidos.
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